El Grupo de Trabajadores del CESE advierte que EU Inc plantea riesgos de arbitraje regulatorio y erosión de la protección laboral
El Grupo de Trabajadores del Comité Económico y Social Europeo expresa preocupaciones sobre el potencial forum shopping regulatorio y el debilitamiento de las protecciones laborales bajo la propuesta de EU Inc.
El Grupo de Trabajadores del CESE ha emitido contundentes advertencias de que la propuesta de EU Inc podría facilitar el arbitraje regulatorio y erosionar las protecciones laborales, planteando cuestiones fundamentales sobre si el 28th regime socavará los fundamentos del modelo social de mercado europeo. Según el grupo, la propuesta podría facilitar el arbitraje regulatorio, las sociedades buzón y la erosión de los derechos de los trabajadores, dejando de lado los fundamentos del modelo social de mercado de la UE y debilitando los controles y contrapesos.
Las preocupaciones surgieron durante una conferencia de abril de 2026 que examinó la propuesta del 28th regime, donde los representantes del Grupo de Trabajadores expresaron alarma por múltiples deficiencias estructurales en la propuesta de la Comisión de marzo de 2026 para EU Inc (COM(2026) 321).
El Grupo de Trabajadores del CESE alerta sobre EU Inc
El Grupo de Trabajadores del CESE expresó preocupaciones sobre la base jurídica de la propuesta, el alcance limitado, la separación de las sedes registradas y operativas, y la falta de salvaguardias mínimas. Estas críticas reflejan inquietudes más profundas sobre si la forma societaria opcional funcionará según lo previsto para apoyar a las startups o se convertirá en un vehículo para eludir las protecciones laborales nacionales más sólidas.
Lucie Studničná, Presidenta del Grupo de Trabajadores, enfatizó la necesidad de preservar los estándares sociales europeos. El grupo subrayó que completar el mercado único no puede significar reducir estándares, sino que debe reforzar los derechos y protecciones que constituyen el núcleo de la economía social de mercado europea.
El momento de estas advertencias tiene un peso particular. La Comisión está solicitando al Parlamento Europeo y al Consejo que alcancen un acuerdo sobre la propuesta de EU Inc para finales de 2026, ejerciendo una intensa presión sobre el proceso legislativo mientras las preocupaciones fundamentales sobre la protección laboral permanecen sin resolver.
Preocupaciones sobre arbitraje regulatorio: ¿carrera hacia el mínimo?
El riesgo de arbitraje regulatorio deriva de una decisión crítica de diseño en la propuesta de EU Inc. El artículo 4 establece que las materias no cubiertas por el Reglamento o los estatutos se regirán por el derecho nacional, incluidas las disposiciones de transposición del derecho de la Unión, que se aplican a las formas jurídicas nacionales pertinentes en el Estado miembro donde EU Inc tenga su domicilio social.
Esto crea lo que los críticos describen como 27 versiones diferentes de EU Inc, cada una con diferentes sustratos regulatorios subyacentes. El resultado son 27 versiones diferentes de EU Inc, cada una con su propio sustrato jurídico nacional.
Los sindicatos han planteado preocupaciones particularmente contundentes. Oliver Roethig, Secretario Regional de UNI Europa que representa a 7 millones de trabajadores del sector servicios, advirtió que al permitir a las empresas elegir países con estándares más bajos, la propuesta corre el riesgo de socavar el modelo social europeo, las relaciones industriales y los empleos de calidad.
El mecanismo de arbitraje regulatorio opera a través de tres canales:
-
Forum shopping de ubicación: Las empresas pueden registrar su EU Inc en jurisdicciones con regímenes laborales y fiscales favorables mientras operan en otros lugares
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Sociedades buzón: La separación de las sedes registradas y operativas podría facilitar las sociedades buzón
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Fragmentación regulatoria: Diferentes normas nacionales de integración crean oportunidades para minimizar cargas regulatorias
| Dimensión Regulatoria | Armonización de EU Inc | Aplicación del Derecho Nacional | Riesgo de Arbitraje |
|---|---|---|---|
| Gobierno corporativo | Armonizado | Integración mediante derecho nacional | Medio |
| Participación de empleados | No armonizado | ||
| Se aplican normas nacionales de cogestión en el domicilio social registrado | |||
| Alto | |||
| Derecho laboral | Excluido | ||
| Explícitamente excluido de armonización (Considerando 83) | |||
| Muy Alto | |||
| Derecho fiscal | Excluido | ||
| Explícitamente excluido de armonización (Considerando 83) | |||
| Muy Alto |
Erosión de la protección laboral: riesgos específicos identificados
El Grupo de Trabajadores ha identificado varios mecanismos específicos a través de los cuales EU Inc podría debilitar las protecciones laborales.
Fragmentación del derecho laboral
La propuesta renuncia expresamente a la armonización del derecho laboral, aplicándose a EU Inc el derecho laboral nacional de la UE y de los Estados miembros tal como se aplica a cualquier otra sociedad de responsabilidad limitada en un Estado miembro. Esto significa que una EU Inc registrada en un país puede enfrentar condiciones laborales fundamentalmente diferentes de una registrada en otro lugar.
Una EU Inc registrada en París operará bajo condiciones laborales y fiscales fundamentalmente diferentes de una registrada en Tallin. Esto crea poderosos incentivos para seleccionar jurisdicciones basándose en la debilidad de las protecciones laborales en lugar de consideraciones empresariales genuinas.
Lagunas en cogestión y participación de empleados
En aquellos Estados miembros donde existen derechos de participación de los empleados en los consejos de administración (cogestión), también se aplican a cualquier empresa EU Inc registrada allí. Sin embargo, esto crea obvias oportunidades de forum shopping. Las empresas que deseen evitar requisitos de cogestión simplemente se registran en jurisdicciones sin tales requisitos.
La participación de los empleados sigue la ley del domicilio social registrado (artículo 12). Esta decisión de diseño socava fundamentalmente los intentos de mantener altos estándares de voz de los trabajadores en toda la UE, ya que las empresas pueden optar por regímenes sin requisitos de participación mientras operan en países donde tales protecciones normalmente se aplicarían.
Implicaciones para la negociación colectiva
La ausencia de derecho laboral armonizado plantea preocupaciones sobre la eficacia de la negociación colectiva. Cuando las empresas pueden reubicar fácilmente su domicilio social registrado para evitar obligaciones de negociación colectiva o diluir la influencia sindical mediante forum shopping regulatorio, el equilibrio fundamental entre trabajo y capital se desplaza.
Los representantes sindicales han argumentado que las partes interesadas pueden esperar resistencia por parte de los trabajadores y sindicatos que temen que los derechos laborales puedan verse afectados, con la Confederación Europea de Sindicatos argumentando que los derechos de los empleados no están suficientemente salvaguardados y solicitando que el reglamento propuesto sea redactado de nuevo para alinearse con la intención declarada de la Comisión de no perjudicar los derechos laborales.
Impacto en la negociación colectiva y la participación de empleados
Las deficiencias estructurales en EU Inc crean múltiples puntos de presión sobre los sistemas de negociación colectiva y participación de empleados.
Debilitamiento de los sistemas nacionales
Los países con fuertes tradiciones de cogestión, particularmente Alemania, Austria y los países nórdicos, se enfrentan a la perspectiva de que sus propias empresas utilicen EU Inc para eludir los requisitos de participación. Esto crea presión a la baja sobre los sistemas nacionales a medida que las empresas nacionales abogan por una desregulación "competitiva" para igualar lo que EU Inc permite.
Complicaciones en operaciones transfronterizas
Para empresas que operan en múltiples Estados miembros, la separación entre el domicilio social registrado (que determina el derecho laboral) y las ubicaciones operativas crea complejidades jurisdiccionales. Los trabajadores en ubicaciones operativas pueden encontrar que sus derechos de negociación colectiva están determinados por la ley de un domicilio social registrado distante en lugar de su lugar de trabajo.
Derechos de información y consulta
La propuesta corre el riesgo de socavar la protección laboral sin ofrecer los beneficios previstos porque los procedimientos de información y consulta, aunque parcialmente armonizados a nivel de la UE mediante la Directiva sobre Comités de Empresa Europeos, dependen de la implementación nacional que varía significativamente según el Estado miembro.
Dinámicas de erosión a largo plazo
Incluso si los adoptantes iniciales de EU Inc mantienen los estándares actuales, la existencia de una vía regulatoria alternativa crea presión competitiva. Con el tiempo, las empresas pueden reubicarse en estructuras EU Inc para reducir costes laborales, desencadenando una erosión gradual de las protecciones laborales a medida que los Estados miembros compiten para atraer registros.
Qué significa esto para el proceso legislativo de EU Inc
Las advertencias del Grupo de Trabajadores del CESE tienen implicaciones significativas para la trayectoria legislativa de EU Inc mientras avanza a través del procedimiento legislativo ordinario.
Se intensifica el escrutinio parlamentario
La Comisión JURI del Parlamento Europeo ahora posee la ponencia para EU Inc, y estas preocupaciones laborales figurarán prominentemente en las deliberaciones parlamentarias. Los temas de protección laboral podrían convertirse en campos de batalla centrales durante el proceso de enmiendas.
Complejidad de las negociaciones del Consejo
El Consejo Europeo en sus conclusiones de marzo de 2025 solicitó explícitamente a la Comisión que propusiera un régimen optativo de derecho societario 28th regime que permitiera a las empresas innovadoras expandirse. Sin embargo, los Estados miembros con fuertes protecciones laborales pueden buscar revisiones sustanciales para abordar las preocupaciones sobre arbitraje regulatorio.
El examen del Grupo de Trabajo del Consejo necesitará conciliar demandas contrapuestas: defensores de startups que buscan simplificación regulatoria versus representantes laborales que exigen salvaguardias robustas.
Posibles enmiendas y salvaguardias
Varios mecanismos de protección podrían abordar las preocupaciones del Grupo de Trabajadores:
- Estándares laborales mínimos: Armonizar protecciones laborales básicas dentro del propio reglamento de EU Inc
- Doctrina de la sede real: Requerir alineación entre el domicilio social registrado y el lugar principal de negocios
- Activadores obligatorios de cogestión: Aplicar derechos de participación basados en la ubicación operativa o el tamaño de la plantilla independientemente del domicilio social registrado
- Disposiciones antiabuso: Fortalecer requisitos para prevenir arreglos de sociedades buzón
Presión cronológica y riesgos de compromiso
Aunque el proceso legislativo normalmente toma de 12 a 18 meses, existe una fuerte voluntad política para finalizar y adoptar el Reglamento propuesto para finales de 2026, como evidencian las últimas Conclusiones del Consejo Europeo del 19 de marzo de 2026.
Este cronograma comprimido crea riesgos de que las preocupaciones fundamentales sobre protección laboral puedan abordarse inadecuadamente en la prisa por cumplir un compromiso político. Las advertencias del Grupo de Trabajadores señalan que los representantes laborales resistirán cualquier acuerdo que sacrifique protecciones sociales por velocidad.
Implicaciones más amplias del 28th regime
El debate sobre protección laboral se extiende más allá del derecho societario de EU Inc al conjunto de la visión del 28th regime. El objetivo de la Comisión es permitir a las empresas innovadoras operar bajo un conjunto único y armonizado de normas de toda la UE, que cubran aspectos relevantes del derecho societario, concursal, laboral y fiscal. Sin embargo, la propuesta actual de EU Inc excluye explícitamente la armonización laboral y fiscal, creando un desajuste fundamental entre ambición y entrega.
Para fundadores e inversores que evalúan el potencial de EU Inc, estas advertencias importan prácticamente. Una forma societaria que desencadena oposición sostenida de sindicatos y crea riesgos reputacionales en torno a la protección laboral puede resultar menos atractiva de lo que esperan sus proponentes, particularmente para empresas que buscan construir negocios sostenibles a largo plazo en mercados europeos.
Las preocupaciones del Grupo de Trabajadores del CESE también se conectan con riesgos más amplios en torno a la interpretación de tribunales nacionales y la cuestión fundamental de si EU Inc puede ofrecer una armonización genuina o se fragmentará en 27 variantes moldeadas por normas nacionales de integración.
A medida que se desarrolla el proceso legislativo, la cuestión central sigue siendo si EU Inc reforzará o socavará el modelo social de mercado europeo. El Grupo de Trabajadores ha dejado claro que los representantes laborales ven esto no como una cuestión técnica de derecho societario sino como algo fundamental para preservar los fundamentos sociales de la integración europea.
Para un análisis detallado del estado legislativo actual, véase nuestra cobertura del examen de las partes interesadas institucionales de EU Inc y el más amplio marco regulatorio de EU Inc.
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